Marquesina


25 mar 2010

Bitácora: 25 de marzo de 2010

Hora de inicio: 9:05 a.m.

Hora de finalización: 12:44 p.m.

Tema de debate:
• Debate de control político al IPCC, por presuntas irregularidades en el manejo contractual de los estudios y diseños del proyecto Parque del Manglar.

Citados asistentes: Directora IPCC, Secretario encargado de Planeación Distrital.

Bancadas proponentes: Colombia Democrática, Cambio Radical.

Debate de control político:
Al inicio de la sesión la Secretaria General del Concejo Distrital, Mariana del Villar, da lectura a la proposición 014, la cual textualmente señala: “El Honorable Concejo Distrital de Cartagena de Indias en sesión de la fecha propone citar en hora y fecha que designe la Mesa Directiva, a la Directora del IPCC, Directora de Control Interno, Secretario de Planeación Distrital, a la Personera Distrital y Contralor Distrital, para efectos que la primera responda el siguiente cuestionario:

• Sírvase allegar copia de todos los documentos precontractuales, contractuales y post contractuales del contrato No. 106 de 2010, celebrado entre el IPCC y la Corporación Parque Explora.
• De conformidad al certificado de existencia y representación legal y en concordancia a lo referente al derecho de petición radicado 02-020-2010 manifestar: Las razones por las cuales no se solicitó o exigió la autorización por escrito de la Junta Directiva de la Organización “Parque Explora” en donde autoriza a su representante legal para poder suscribir esta clase de convenio o contrato.
• De conformidad a la Cláusula Séptima – Capacidad e Idoneidad- del Contrato No. 106 de 2010, en virtud del cual se exige que el contratista debe demostrar idoneidad y capacidad para realizar este tipo de labor, señale que condiciones se tuvo en cuenta por parte del Distrito para determinar que la Corporación Parque Explora cumplió con estos, máxime tomando en consideración que el certificado existencia y representación no se encontró de forma taxativa el objeto por el cual fue contratada y a su vez se registra un patrimonio de la entidad de cero -0-.
• Teniendo en cuenta que el contrato celebrado atiende el monto de $3.477.728.110 MLC. ¿Qué tuvo en cuenta la administración para concluir que una póliza de seguros de responsabilidad la cual solo asegura 103 millones de pesos sería suficiente para resarcir el eventual daño causado por incumplimiento, tomando en consideración a su vez, que el patrimonio de la entidad contratista es cero -0-.
• Teniendo en cuenta el Principio de Planificación, moralidad y responsabilidad administrativa. Diga las razones por la cual en los soportes entregados la fecha de registro presupuestal y la fecha de publicación en Gaceta Distrital son anteriores a la póliza de seguros expedida como requisito para la celebración y posterior ejecución del contrato No. 106-2010.
• Sírvase allegar copia de las propuestas y diseños presentados por otras entidades como la Corporación Maloca para la realización de proyectos en el Parque Espíritu del Manglar.
• Sírvase enviar copias de los documentos previos a la contratación con comitantes y ejecución del contrato aludido.”

Antonio Quinto Guerra, concejal del Partido Conservador, pregunta desde Secretaría General si los órganos de control (Personería y Contraloría) presentaron excusas, y en caso de que no, que se les comunique que la sesión va empezar para que hagan presencia en el recinto de debate.

Luego Alberto Osorio, concejal del Partido Colombia Democrática, introduce que es muy probable que el IPCC, esté incurriendo en irregularidades en el contrato de más de 3 mil millones por ser asignado sin licitación pública. De forma que espera dilucidar en esta sesión la realidad de esta cuestión.

Expone Gina Ruz Ruiz, Directora del IPCC, los lineamientos estratégicos del Plan Por Una Sola Cartagena que enmarca el proceso de enculturación por el cual su dependencia ha trabajado. Pero se ve interrumpida por los concejales Osorio y Cárcamo, de la bancadas Colombia Democrática y Por Una Sola Cartagena, respectivamente, quienes a través de una moción de orden solicitan a esta funcionaria que su respuesta se limite a los ítems del cuestionario.

De allí que la Directora del IPCC, manifieste que:
• El contratista es el idóneo para el proyecto que se pretende acometer, dada su experiencia en parques culturales de esta naturaleza en Medellín, no sólo con excelentes resultados en materia de infraestructura, diseño, y organización, sino también en materia de cumplimiento legal y temporal de las obras que se prevén.
• La póliza de cumplimiento se asignó a distintos conceptos que podrían afectar el término y desarrollo del proyecto, y que por norma legal, sólo se asegura hasta el 10% del valor total. A parte de esto, el contrato en sí mismo tiene cláusulas de cumplimiento, que por afectaciones parciales debería reponer al Distrito hasta un 10% del valor total del proyecto, siempre que se asegure el termino de la obra.
Concluido lo anterior, el concejal Osorio critica el hecho de que se desconozca el aporte y las capacidades de los profesionales cartageneros, reflejado en que no se le vincule a estos dentro de la dirección y planeación de este tipo de obras. Por otra parte, según la ley que asumió el IPCC como respaldo a la asignación sin licitación pública del contrato ya que responde a un tema cultural, este concejal al revisar textualmente su contenido, señala que esta norma no incluye procesos de diseño y obras de infraestructura aunque sean bajo el concepto de “proyecto cultural”.
De igual forma cree que las pólizas de cumplimiento y las garantías contractuales no son ningún respaldo al proyecto cuando el contratista tiene patrimonio cero, lo que limita su capacidad de responder a cualquier eventualidad negativa. En cuanto a las fechas de apertura del contrato que se hicieron 10 días después del comunicado oficial del proyecto, el concejal Osorio supone que el vínculo entre el contratista asignado y la Administración es claro, cuando en un término temporal tan breve se adjudicó toda la documentación y requisitos para acceder a estos contratos.
El concejal William Amín, del Partido Cambio Radical, indica que si se hubiera hecho un concurso de mérito con los profesionales cartageneros, el costo del contrato habría disminuido hasta por debajo del 70% del valor actual. Señala que en su investigación documental el proyecto, bajo otro título pero con el mismo objeto, fue radicado en Planeación Distrital y a la fecha se encuentra desaparecido, señalando que es posible que después se haya contratado para un trabajo que ya se había realizado.
Así es posible que se haya suplantado este proyecto bajo otro título con el fin de generar un nuevo proceso contractual. Evidencia que se violó la ley de garantías al firmarse el contrato y las pólizas posteriores a la fecha en que esta norma entró en vigencia. Desde el cronograma de desembolsos y pagos, se puede observar también actos no transparentes al especificarse pago de un mismo producto (por ejemplo diseños generales) en fases o puntos distintos del cronograma.
Manifiesta que se contrató con una empresa que está evadiendo los impuestos o al menos que no actualiza ante la DIAN su patrimonio, pues a la fecha sigue siendo valorado formalmente en cero, cuando las utilidades por contratos en el 2009, es mayor a cero. Le preocupa que se dilaten tantos recursos en diseños cuando se exceden en valores por incurrir en procesos no licitatorios que excluyen a los profesionales locales, y que incluso se generen sobre proyectos de los cuales ya se han hecho diseños o estudios previos.
En el mismo sentido, el concejal Quinto Guerra, dice que en la ley colombiana los contratos relacionados con objetos como el que se debate, deben atravesar un proceso de licitación pública y de concurso de mérito, hecho que le abre la posibilidad al IPCC de incurrir en un delito por celebración indebida de contratos. Pide a la Personería que declare nulidad al contrato toda vez que la Directora del IPCC lo celebró sin la autorización de la junta directiva.

Por solicitud del concejal Osorio se declara sesión informal, para que representantes de los profesionales arquitectos y de la construcción en Cartagena brinden su opinión sobre los hechos destacados en el debate. De lo dicho por los ciudadanos, resalta:
• Denuncias desde la Contraloría y Procuraduría a la Directora del IPCC, de parte del Representante del gremio de arquitectos y constructores de Bolívar, argumentando que el concepto y objeto del contrato suscrito para los diseños del Parque del Manglar, desde la ley no posibilita otorgarlo sin la apertura de un proceso de licitación pública.
• La valoración de profesionales locales, y considerando la oferta y la demanda de este objeto de contrato, evidencia que el monto a pagar por los diseños es muy elevado.

De regreso a la sesión formal el concejal Jorge Cárcamo, si bien reconoce que respalda al Gobierno Distrital, por ser elegido como concejal desde su movimiento político, considera que no puede evitar cuestionar el proceso de contratación que se ha debatido. Así en evidencia de que la Alcaldesa Distrital había prometido reordenar la forma como se venía contratando en la Ciudad, para buscar transparencia y que estos casos demuestren que no se está cumpliendo con los procesos licitatorios que darían garantía de cumplimiento a esta visión política.
De otra parte considera que es necesario que la Directora del IPCC explique las razones que la llevaron a expedir una resolución mediante la cual se destinan recursos aprobados por el Concejo Distrital para proyectos de Mega bibliotecas, a los costos del proyecto Parque del Manglar, porque según su análisis, aunque se pretenda incluir dentro de las obras adicionales a este proyecto una biblioteca, no por eso cambia su concepto e identidad de parque cultural, para lo cual no fue aprobado los 10 mil millones en el crédito solicitado por la Administración Distrital.
Por su parte, Adolfo Raad y Lorenzo Hodges, concejales del Partido de la U, así como David Dáger, del Partido Liberal, retoman todas las cuestiones críticas expuestas en el debate para puntualizarlas a la Directora del IPCC, de tal forma que pueda contestarlas en su segunda intervención.

Dicho esto, Antonio Levis Gonzales, Representante de la Secretaría de Planeación, manifiesta que se pudo constatar que el proyecto radicado en esta dependencia, tal como lo dijo el concejal Amín, obedece al Parque del Manglar y existe con una ficha técnica de registro que consta en físico, pero sin contener estudios de diseños.
Este funcionario explica que la radicación en planeación solamente constituye la presentación formal y la inscripción del proyecto dentro de la formalidad de la planeación en la Ciudad, y que no incluye diseños. Sin embargo el concejal Amín manifiesta que según su conocimiento debería especificarse diseños para poder radicar un proyecto de esta envergadura en Planeación Distrital, sobre todo en el caso que el título de proyecto para apertura del proceso de contratación sea el radicado en esta dependencia.

Habla la Directora del IPCC, Gina Ruz sobre el concepto de Mega biblioteca, el cual no es de un contenedor de libros, sino como un espacio dinámico que facilite el aprendizaje y el desarrollo de la cultura. De aquí que la construcción de un entorno que propenda por este fin, tal como lo hace el proyecto Parque del Manglar, valide su financiación desde los recursos de crédito destinados por el Concejo Distrital para Mega bibliotecas. Manifiesta que el proceso de contratación directa está sustentado en que se conciba el diseño en sí mismo como una innovación cultural y tecnológica, ya que implica romper con los esquemas tradicionales de planeación de una obra para alcanzar un esquema de construcción único e interactivo, y en tal caso la ley posibilita esta forma de contratación.

No obstante al concejal Amín “no le convence” esta explicación, porque a su parecer no justifica el que la contratación se haya hecho durante la vigencia de la ley de garantías, que excluye cualquier posibilidad a validar el contrato. De igual forma, los detalles técnicos que la funcionaria refirió no le satisfacen, pero aún así, si se supone esto como cierto (que los diseños en sí mismos son una innovación), sigue habiendo irregularidades en el proceso contractual y hasta en la forma de pago (ley de garantías y pagos múltiples en distintas fases a un mismo producto).

Frente a lo anterior, la Directora del IPCC, aclara que no es que se pague un producto varias veces, sino que el sistema de entrega del producto es por fases, por lo que se paga cada una de ellas una vez sea entregados.

En este punto Henry Argel, concejal del Polo Democrático Alternativo, en busca de ser concluyente, sugiere que el IPCC en acuerdo con el contratista, absuelva este proceso de diseños, para reiniciar la apertura contractual de tal forma que se produzca la licitación pública y se corrijan todas las distorsiones evidenciadas en sesión pública del Concejo Distrital. Así de mano con el concejal Amín proponen declarar suficiente ilustración a este tema.

Posterior esto, el concejal Quinto Guerra da lectura a una proposición, que después de haber escuchado a los funcionarios citados en la proposición 014 de 2010, se inste a la Personería Distrital declarar nulidad al contrato de diseños y estudios para el Parque del Manglar, suscrito por el IPCC y enviar copia del acta de la sesión del 25 de marzo de 2010 a los órganos de control, para que en caso de que hayan irregularidades, se proceda disciplinariamente.

Finaliza la sesión y se cita para el 26 de marzo de 2010, a las 8:30 a.m. en las instalaciones del Concejo Distrital de Cartagena de Indias.

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