Marquesina


7 jul 2010

Bitácora: 6 de julio de 2010

Hora de inicio: 9:20 a.m.
Hora de finalización: 12:50 p.m.

Tema de debate:
Debate de control político al tema de las vallas publicitarias en espacios públicos en el Distrito de Cartagena de Indias.

Citados asistentes: Gerente de Espacio Público, Director de Control Urbano, Representante Secretaría de Infraestructura, Representante concesionario OPE.

Bancadas proponentes: Partido Conservador.

Debate de control político

En esta sesión se llevó a cabo el debate de control político al tema de las vallas publicitarias en espacios públicos en el Distrito de Cartagena de Indias, tal como se expresa en las proposiciones 047 y 058 de 2010. Se hizo saber que el interventor del contrato de concesión con OPE presentó excusas y remitió su informe de contestación esa misma mañana, hecho que dificultó el debate. Introduce así Antonio Quinto Guerra, concejal del Partido Conservador, quien indica varios puntos críticos a tratar:

La contaminación visual dada la gran cantidad de vallas publicitarias que se hallan instaladas en espacios públicos.
El incumplimiento del contrato de concesión con OPE en materia de correspondencia con sus disposiciones y de su alcance sobre el tema inmobiliario de la Ciudad.
La incertidumbre respecto al cumplimiento del pago de las pólizas en los tiempos oportunos.
Con fundamento del acuerdo 007 del 2002, el contrato de concesión se estructura sobre el amoblamiento urbano que se divide en la organización de paraderos de buses y en elementos de comunicación. Y es sobre este último ítem del que se vale para acomodar ilegítimamente el contenido del contrato, llegando a operar todo lo relacionado con la publicidad exterior en vallas públicas. Para evidenciar esto el concejal muestra un video donde se referencia la locación de cada una de las vallas en cuestión.

En el mismo sentido otros concejales anotan algunas consideraciones a resolver como:
William Amín, concejal del Partido Cambio Radical, haciendo una revisión de la normatividad que reglamenta este tipo de publicidad, señala que no se pueden colocar este prototipo de vallas en una proximidad de 200 metros o menos a cualquier monumento nacional y como se observa son muchas de estas estructuras publicitarias las que se hallan incumpliendo con este requerimiento legal.
Andrés Betancourt, concejal de la Bancada Por Una Sola Cartagena, manifiesta que se debe revisar con detenimiento las acciones que dispone el contrato de concesión, para evaluar si se ha cumplido o no. Y de este hecho destaca que poco ha sido el trabajo alrededor de la señalización de las calles del Centro Histórico de la Ciudad.

Frente a estos hechos el Representante del concesionario OPE, especifica diversos puntos como son:

Declara que la operación de las vallas publicitarias no requiere de permisos o acuerdos adicionales al contrato, toda vez que dentro de lo pactado, se incluye este tipo elementos al hacer parte del amoblamiento urbano. De hecho las características de las vallas especificadas en el contrato eran de dimensiones y cantidades mayores a las que se presentan.
Señala que con la expansión y crecimiento de la Ciudad se ha visto limitado el número de paraderos de buses y demás elementos de amoblamiento urbano y frente a la escasez de recursos para tal fin, la operación de las vallas de publicidad genera ingresos al concesionario que permite mayor capacidad de intervención sobre estos elementos que requiere la Ciudad.
Se ha atendido el pago periódico de las pólizas de cumplimiento.

Entre los representantes de la Administración Distrital (Director de Control Urbano, Representante de la Secretaría de Infraestructura, Gerente de Espacio Público), señalan que:
La legalidad del contrato se debe revisar en términos del incumplimiento de la normatividad que restringe las estructuras publicitarias a menos de 200 metros de los monumentos nacionales.
Si bien las pólizas han sido pagadas por el concesionario, el hecho de que se hayan tramitado sin considerar ningún acto administrativo de parte de la Administración Distrital, permite prever que haya problemas en la validez de las mismas.

De estas consideraciones algunos concejales hacen diversas sugerencias, entre las cuales destacan:

Lorenzo Hodeg, concejal del Partido de la U, pide que se dé cumplimiento a la cláusula novena de caducidad del contrato con el interventor, cuando la Administración está haciendo pagos a un Interventor que no ha cumplido con sus funciones.

El concejal Amín pide que se envíe a la Corporación el acta de iniciación de la concesión.
Jorge Cárcamo, concejal de la Bancada Por Una Sola Cartagena, pide a todos los funcionarios de la Administración que articulen su trabajo sobre este caso, para que hagan una evaluación apropiada del contrato y sus elementos dispositivos, generando de esto efectos que permitan mejorar la relación contractual entre OPE, el Distrito y lo requerido por la Ciudad.

De lo dicho en el debate, el concejal Quinto Guerra propone solicitar a la Administración Distrital que revise técnica y jurídicamente los contratos del concesionario y del interventor, para que con base al estado de cumplimiento de sus disposiciones se tomen las medidas consecuentes.

Por último la concejala María del Socorro Bustamante, del Partido Cambio Radical, considerando que la Administración no ha enviado respuesta al tema del cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo en materia de salud, propone aplazar el debate de mañana 7 de julio, de manera que se realice una vez se cuente con los elementos de juicio apropiados para tal fin. El concejal Betancourt sobre este punto manifiesta que la importancia de este debate radica en clarificar las razones por las cuales las metas de los indicadores del Plan de Desarrollo están por encima de lo esperado cuando la salud de la Ciudad está en una crisis evidente.

Finaliza la sesión y se cita para el miércoles 7 de julio de 2010, a las 8:30 a.m. en las instalaciones del Concejo Distrital de Cartagena de Indias.

1 comentario:

William Amin Jattin dijo...

aclaracion: cuando solicite acta de iniciacion de la concesion se debe a que la informacion suministrada tanto por el concesionario como el interventor y los funcionarios de la administraccion, es que se comenzo en el año 2006 a pagar el porcentaje que le corresponde al distrito contractualmente,y si el contrato se firmo a finales del año 2002 y contemplaba un año de gracia, que paso en los años 2004 y 2005, que el concesionario no facturo y el distrito no recibio el porcentaje que le correspondia contractualmente, o en su haber como minimo $10.000.000.oo mensuales, por todo lo anteriormente expuesto es importante conocer el acta de iniciacion de la concesion de la firma OPE.

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